martes, 15 de noviembre de 2011

TIPOS DE CONTRATO

En un intento por clasificar los contratos informáticos, se ha llegado a determinar que existen formas contractuales como seria el caso de la licencia de uso de software; formas contractuales mixtas como los contratos de desarrollo del software y llave en mano, y las formas contractuales tradicionales que vienen siendo innovadas notablemente por las especiales características de los objetos del contrato. Son los casos de la compraventa, el comodato, los contratos de manufactura original y demás atinentes al bien informático. La tipología de contratos informáticos se desarrolla de acuerdo con la diversidad de relaciones contractuales existentes en el sistema elaborativo. La regla general es considerar una triple categoría fundamental: 

1. los contratos sobre hardware 
2. los contratos sobre software 
3. los contratos de mantenimiento y servicio. 


CONTRATOS DE HARDWARE 

A diferencia de los contratos de software, el contrato de hardware no tiene la variedad de posibilidades que se presentan en el primero. Quienes quieren adquirir un equipo físico se pueden dirigir directamente al mercado, con la seguridad de encontrar múltiples alternativas técnicas y posibilidades económicas variadas. Estos generalmente, son ofrecidos por las casas constructoras, distribuidoras y vendedoras. 

CONTRATOS DE SOFTWARE 

Existen dos tipos de software, el aplicativo y el de base. Este último generalmente se adquiere en el momento mismo de la adquisición del equipo físico; el aplicativo por lo contrario es aquel hecho a la medida del cliente, de acuerdo a sus necesidades. Para el cliente existen diferentes posibilidades: elaborar su propio software si esta en grado de hacerlo, si no es así, puede optar por mirar lo que ofrecen los productos de software o puede comisionar a una persona externamenteSegún se encuentre en una de estas hipótesis se llevara a cabo una compraventa o licencia de uso, un contrato de asesoría o desarrollo del software y según la forma elegida de contratación se determinara el precio y la forma de pago. 

EL CLUF 
Casi la totalidad del software informático comercial dispone de una licencia directa o indirecta cedida al usuario por el propietario del derecho de (autorcopyright); es decir, el fabricante del software estipula en un modelo de contrato denominado “contrato de licencia de usuario final” (cluf) según el tipo de producto, pueden existir distintos tipos de CLUF. 

La utilización por parte del usuario de software se rige por los términos y condiciones del CLUF, así como por la ley de derecho de autor. 
CLUF es el contrato relativo a la utilización, por su parte, del producto bajo licencia, y le concede al usuario un derecho específico para utilizar el software en el equipo. 

EL CERTIFICADO DE AUTENTICIDAD 

Es un dispositivo de seguridad que se adjunta a todos los software distribuidos junto con un equipo por un fabricante de equipos originales. El certificado sirve para garantizar al usuario final que los programas de software incluidos en el sistema del equipo son software bajo licencia legal. Por ejemplo, si se adquiere un equipo en una tienda y lleva preinstalado software de sistema operativo MS- DOS y Windows en el disco duro, debe incluir dos certificados de autenticidad separados dentro de la caja del equipo. El certificado de autenticidad contiene dispositivos contra la falsificación, como por ejemplo el holograma, para evitar la producción de software falsificado. 

CONTRATO DE LICENSE PAK 

La licencia Pak o MLP, es un tipo de contrato de licencia que autoriza la realización y utilización de una o mas, (si así lo estipula el MLP) copias adicionales de un software previamente licenciado. Este producto no contiene disco alguno. Por ejemplo, si se trabaja en una pequeña compañía que dispone de dos equipos y necesita utilizar software en ambos, podrá adquirir una sola copia del programa y una sola copia de MLP para este. Esto permitirá instalar legalmente software tanto en el primer equipo, según lo estipule el contrato de licencia de usuario final de programa, como en el segundo, si lo autoriza el contrato de licencia de MLP.

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